La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió apartar a la jueza María Gabriela Marrón de la causa por la desaparición forzada seguida de muerte del joven de 22 años de Pedro Luro, ocurrida en 2020. La medida fue celebrada por la familia como un avance importante en el pedido de verdad y justicia: Marrón fue una pieza clave en la construcción de impunidad, trabando medidas cruciales para la investigación, orientando las sospechas a la propia familia. Su recusación también había sido requerida por los dos fiscales del caso. Qué dijo cada juez. Las referencias a la CIDH y al caso Bulacio. Y el deseo de Cristina para lo que viene: “Todos los días me levanto diciendo que hoy puede ser el día de llevar a quienes mataron a mi hijo tras las rejas” dijo a lavaca. Compartimos el fallo completo.

“En mérito del acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por los representantes del MPF (Ministerio Público Fiscal), al que adhirieron además los querellantes de autos, y APARTAR a la señora jueza María Gabriela Marrón de la tramitación de estas actuaciones”.

Cuando a Cristina Castro le comunicaron este fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal conocido este lunes, no pudo parar de llorar. “No lo podía creer,  porque pensé que nos pateaban para febrero. Me acordé cuando fuimos a CABA, que dijimos que íbamos a revertir esta situación, que era lo que nos impedía seguir avanzando”, dice a lavaca. “Lo que no esperaba era este cachetazo que le dan: esta clase sobre cómo debe actuar un juez”.

Es que la resolución de la Sala I llegó un 27 de diciembre y eso significa que, al menos, Cristina y su familia tiene un motivo para respirar en vistas al 2022: los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, y la jueza Ana María Figueroa, resolvieron por unanimidad correr a la jueza Marrón de la causa por la desaparición forzada seguida de muerte de su hijo Facundo. El pedido de recusación era uno de los principales reclamos de Cristina para avanzar por el pedido de verdad y justicia, acompañada por sus abogados y por el equipo de la Comisión Provincial de la Memoria. Este año sumó la actuación de los fiscales Andrés Heim (Procuraduría contra la Violencia Institucional) y Horacio Azzolín (Unidad Especializada en Ciberdelincuencia), quienes también habían exigido la recusación ya que denunciaron que la magistrada había perdido “la imparcialidad que debe tener como jueza del caso”. Cabe recordar que tanto Heim como Azzolín habían sido designados por la Procuración General de la Nación luego de que la familia lograra apartar al fiscal federal Santiago Ulpiano Martínez, también denunciado por entorpecer la investigación de forma nociva para el pedido de verdad.

Cristina, la madre de Facundo: «Todos los días me levanto diciendo que hoy puede ser el día de llevar a quienes mataron a mi hijo tras las rejas».

“El fallo nos abre un buen panorama para lo que vendrá, y ahora es posible entender un poco todos los ataques que hemos sufrido en este tiempo”, valoró en diálogo con lavaca el abogado Leandro Aparicio, quien fue víctima de denuncias y aprietes por parte de la policía, la justicia y el operador mediático Germán Sasso, uno de los principales impulsores de la versión policial. “Ahora hay que encauzar la investigación en donde siempre tuvo que haber estado: la desaparición forzada”.

Cristina, además, destaca el tiempo que le dedicaron los jueces a esta “clase sobre cómo debe actuar un juez”, tal como lo definió ella: el fallo ocupa unas 47 fojas.

Por eso, afirma: “Fue un sopapo a la impunidad”.

Todo lo que no debe hace una jueza

Facundo Castro desapareció el 30 de abril de 2020 cuando salió de su casa en Pedro Luro en dirección a Bahía Blanca para ir a ver a su exnovia y su cuerpo esqueletizado fue encontrado por un pescador en un cangrejal inhóspito el 15 de agosto de ese año. Su desaparición coincidió con el momento más crítico de la pandemia desde el punto de vista de las medidas sanitarias y de cómo la policía tradujo esa política en los territorios.   El último contacto del joven de 22 años fue con diversos oficiales de la Bonaerense, y a partir de ahí la causa fue acumulando hechos que orientan las hipótesis hacia ese sector, en particular a los oficiales Mario Sosa, Jana Curuhuinca, Xiomara Flores y Alberto González, con las operaciones que la familia tuvo que sufrir, además, del propio Estado, por el accionar del ministro de Seguridad bonaerense Sergio Berni. En medio de ese peregrinaje por la verdad, la familia siempre se encontró con la reticencia del poder judicial.

Por ese motivo, la querella decidió recusar a la jueza Marrón, que se había negado a medidas de prueba cruciales como el secuestro de móviles o teléfonos policiales, entre otras, además de revictimizar a la familia y tratarla de mentirosa. Sin embargo, el 30 de marzo la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca había rechazado el pedido, por lo que los fiscales interpusieron un recurso de casación, que motivó este fallo.

En ese caso, los fiscales Heim y Azzolín, junto a la titular de la Fiscalía Federal de Santa Rosa, Iara Silvestre, expresaron que la resolución era asimilable a una “sentencia definitiva” ya que la continuidad de la jueza Marrón sellaría “el futuro de la presente instrucción en razón de la parcialidad demostrada en su actuación”.

El cangrejal en el que fue encontrado Facundo. Imagen de una de las producciones realizadas por la revista MU investigando la desaparición. Foto: Sebastián Smok.

Y apuntaron:

  • “La decisión puesta en crisis, a entender de este Ministerio Público, tiende a garantizar la impunidad de los autores de hechos aberrantes al tornar al proceso judicial en una ficción que vuelve infructuosa cualquier actividad que pudiera llevarse adelante con el objetivo de dar cabal cumplimiento a la obligación de tomar medidas judiciales efectivas para impedir, investigar, sancionar y reparar violaciones a los derechos humanos”.
  • “Cabe afirmar que el magistrado actuante (por Marrón) realiza […] una errónea valoración de la prueba producida en autos y una ponderación de enunciados dogmáticos, concluyendo con un razonamiento alejado de las reglas de la sana crítica racional, ya que mediante la ausencia o la apariencia de fundamentos arribó a una decisión carente de toda coherencia, que indefectiblemente resultará en la obstaculización de la investigación por medio de la anuencia en la introducción de hipótesis que ninguna de las partes aportó”.
  • “La actuación de la jueza en el proceso ha reflejado un claro temor fundado de parcialidad: obstruyendo y demorando la producción de prueba relevante para el caso; sentando una posición casi inexpugnable de avance de la pesquisa o la concreción de medidas de pruebas que involucran de manera directa al personal policial que ha tenido contacto directo con Facundo Astudillo Castro, previo a su desaparición”.
  • También subrayan que puso “en duda la veracidad de los dichos de Cristina Castro Alaniz y auxiliares de la justicia (perito de parte propuesto por la querella particular); construyendo y consolidando una única verdad, un dogma […] que, descartando sesgada y arbitrariamente las diversas aristas que presenta el caso, intenta imponer como única posibilidad que la víctima murió ahogada por sumersión de manera accidental en el estuario donde fue encontrado su cuerpo, y en esa empresa, ha incurrido en una clara y flagrante intromisión en las facultades de resorte exclusivo de esta parte”.

Sobre este lapidario diagnóstico es que los jueces se expresaron.

El fallo

El primer voto fue del juez Petrone:

“Entiendo que, a partir de las circunstancias verificadas en este legajo (…), el temor de parcialidad alegado por los recurrentes resulta razonable. En efecto, en el marco de una investigación delegada en los términos del art. 196 bis del CPPN (Código Procesal Penal de la Nación), las decisiones adoptadas por la magistrada Marrón, así como también su falta de respuesta oportuna ante determinadas peticiones del Ministerio Público Fiscal, permiten sospechar fundadamente que aquella habría asumido una hipótesis de ocurrencia de los hechos, no obstante tratarse de una cuestión que será materia de decisión más adelante, que incidiría en su apreciación sobre las líneas de investigación que los acusadores consideran pertinentes profundizar”.

El juez Barroetaveña adhirió.

El voto más interesante fue el de la jueza Figueroa, ya que encuadró su análisis en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de Derecho y Deberes del Hombre, incorporados a la Constitución Nacional. Pero, sobre todo, cita las observaciones que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le hizo al Estado argentino sobre el caso.

  • Recuerda que, según los artículos 8 y 25 de la Convención Americana, “el Estado de Argentina se encuentra obligado a investigar de manera diligente las circunstancias que dieron lugar a la muerte del beneficiario”, y agrega: “En este sentido, corresponde al Estado investigar de manera exhaustiva la totalidad de las hipótesis que han surgido a lo largo de la propia investigación, garantizando una adecuada participación a sus familiares y representante”.
  • Recuerda también que la CIDH instó al Estado a esclarecer las circunstancias relacionadas con la muerte de Facundo José Astudillo Castro. “Es por ello que, considero de decisiva relevancia asegurar la observancia de las garantías imperantes en la conducción del proceso por todos los agentes judiciales intervinientes, y que se asegure una exhaustiva y profunda exploración de todas las líneas de investigación que podrían generarse a fin de dilucidar, esclarecer y –eventualmente determinar las responsabilidades que pudieren surgir a lo largo de la investigación, conforme las recomendaciones efectuadas por la Comisión”.
  • Figueroa también rememora el caso Bulacio, donde fue la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la que determinó la “responsabilidad internacional para el Estado Argentino” por su deber de investigar las violaciones de los derechos humanos y sancionar a sus autores y encubridores. “La obligación de investigar debe cumplirse ´con seriedad y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa´. La investigación que el Estado lleve a cabo en cumplimiento de esta obligación ´[d]ebe tener un sentido y ser asumida por el [mismo] como un deber jurídico propio y no como una simple gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de la víctima o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios, sin que la autoridad pública busque efectivamente la verdad”.
  • Para Figueroa, “el juez no sólo debe ser imparcial, sino que también debe parecerlo cuando se trata de analizar la imparcialidad objetiva del juzgador, ya que lo que `está en juego es la confianza que deben inspirar los tribunales a los ciudadanos en una sociedad democrática y, sobre todo, en las partes del caso`”.

Y concluye: “Es imperioso eliminar todo tipo de suspicacia que conduzca a presumir o poner en crisis la independencia del Poder Judicial. A partir de las circunstancias verificadas, es razonable la sospecha de parcialidad alegada por el Ministerio Público Fiscal, conforme la jurisprudencia internacional en cuanto a que el aspecto objetivo de la imparcialidad, exige que el tribunal o juez ofrezca las suficientes garantías que eliminen cualquier duda acerca de la imparcialidad observada en el proceso”.

La corrupción y la paz

La jueza Marrón, desplazada.

Cristina Castro destaca el voto de Figueroa: “Me llamó la atención que dijera que un juez no solo debe ser imparcial, sino también tiene que parecerlo. Es interesante porque pone el ojo en lo que está pasando. Y, sobre todo, porque intervienen: son los que tienen que hacerlo cuando están actuando mal. Si en tu trabajo no funcionás lo justo es que te saquen. Si no, podés corromperte. Este año ya han fallado para hacer el jury a los jueces del caso de Lucía Pérez, ahora apartaron a Marrón, y tendrían que hacer lo mismo con muchos otros. Así van a empezar a entender lo mal que está la justicia, para poder hacer algo, y pelear desde otro ángulo más justo”.

El juez que reemplazará a Marrón es Walter López Da Silva, del Juzgado Federal Nº1 de Bahía Blanca, un juez que ya intervino en la causa cuando subrogó a Marrón. “Lo primero que tenemos que hacer ahora es tener una audiencia con él en febrero”, dice Cristina. “Lo segundo, seguir con todas las medidas que necesitamos urgente”.

-¿Qué imagen de todo este tiempo se te vino a la cabeza después del fallo?

-Facu se me vino. Su lucha. Está todo el tiempo en mi cabeza. Justo ese día, una docente de Bahía me mandó una foto con Facu sonriendo, con los dedos en V.

La imagen que menciona Cristina. Facundo, abajo, a la derecha, con remera blanca, sonrisa grande y los dedos en V.

Sigue diciendo esa madre: «Mi hijo era feliz en esa foto y tendría que haber sido feliz por mucho tiempo. Todos los días me levanto diciendo que hoy puede ser el día de llevar a quienes mataron a mi hijo tras las rejas. Todos los días me levanto así y me acuesto así, pensando que el siguiente puede ser el gran día. Ahora, al menos, podemos empezar el 2022 con el deseo de llevar un poco de paz al alma de Facundo, y de poder tener un poco de justicia como familia».

La sonrisa de Facundo, otro caso en el que se espera que «justicia» sea algo más que una palabra bella.

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